sábado, agosto 15, 2026
  • PORTADA
  • Nacionales
  • Internacionales
  • Deportes
  • Economía
  • Sociales
  • Política
  • Salud
  • Provincias
  • Variedades
  • Opinión
No Result
View All Result
  • PORTADA
  • Nacionales
  • Internacionales
  • Deportes
  • Economía
  • Sociales
  • Política
  • Salud
  • Provincias
  • Variedades
  • Opinión
No Result
View All Result
No Result
View All Result
Home Opinión

Mordaza democrática: el peligro en el nuevo Código Penal

Por Redacción
26 de junio de 2026
en Opinión
Pena cumplida y olvido social: límites del poder punitivo
WhatsAppFacebookComparte en X

Carlos Salcedo

A las puertas de la vigencia del nuevo Código Penal, la sociedad dominicana se sitúa ante un punto de inflexión democrática que desborda la actualización normativa. La reforma penal introduce un andamiaje punitivo que, bajo el noble pretexto de salvaguardar el honor, amenaza con instituir un efecto inhibitorio sistémico sobre la libre expresión y el periodismo de investigación.

No estamos ante alarmismos corporativos; son realidades que exigen un desmontaje técnico y una profunda ponderación constitucional.

El debate sobre la “ley mordaza” encuentra fundamento jurídico en la preocupante laxitud conceptual de los tipos penales.

El principio de taxatividad exige que la conducta prohibida sea delimitada con precisión quirúrgica. Sin embargo, al examinar el artículo 208, observo una manifiesta ambigüedad: la norma sanciona la vaga “alusión o imputación de un hecho que afecta el honor”, dejando un concepto eminentemente subjetivo desprovisto de certezas fácticas.

Cuando la ley adolece de esta claridad, el ius puniendi muta en un mecanismo de intimidación, recentralizando el castigo en el núcleo del derecho penal en lugar de reconducir los conflictos del honor hacia la responsabilidad civil objetiva e indemnizatoria.

Para cumplir con la claridad penal, la redacción debió ser garantista: comete difamación quien, de manera deliberada, a sabiendas de su falsedad o con temerario desprecio por la verdad, impute un hecho delictivo concreto y objetivamente verificable contra una persona, con el propósito directo de lesionar su reputación; quedando excluida la antijuridicidad (exceptio veritatis) si se demuestra la veracidad de lo denunciado o un test de interés público.

Solo una delimitación de esta estirpe desarmaría la capacidad del poder para instrumentalizar el código.

Esta hipertrofia punitiva se manifiesta con severidad económica en el artículo 210, que eleva las sanciones pecuniarias a escalas asfixiantes en medios electrónicos, capaces de decretar la quiebra de cualquier ejercicio comunicacional independiente.

Por su parte, el artículo 211 establece -atinadamente- los actos considerados no perseguibles ni constitutivos de difamación o injuria, consagrando una inmunidad necesaria para los discursos pronunciados en las cámaras legislativas y ante los tribunales de la República.

No obstante, fuera de estas específicas protecciones institucionales y parlamentarias, el entorno digital generalizado deja al ciudadano común y al comunicador desprovistos de salvaguardas explícitas frente a los zarpazos del poder.

Ante este panorama, la supervivencia de la verdad dependerá de la valentía dogmática de nuestros tribunales, llamados a anteponer los valores democráticos a la tentación autoritaria latente en este nuevo código.

SendShareTweet
Artículo Anterior

Ganó Goliat

Siguiente Artículo

Una reflexión: No son las malas hierbas las que ahogan la buena semilla, sino la negligencia del campesino

Siguiente Artículo
Una reflexión: Resulta desalentador ver cuánta gente se escandaliza ante la honestidad y tan poca ante el engaño

Una reflexión: No son las malas hierbas las que ahogan la buena semilla, sino la negligencia del campesino

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Populares

  • Muere periodista Luis Martín Gómez, exdirector de Comunicaciones del Banco Central

    Muere periodista Luis Martín Gómez, exdirector de Comunicaciones del Banco Central

    0 Compartidos
    Share 0 X 0
  • Drake hace un programa de citas y termina con una «gótica» que lo hizo ladrar y promete comprarle una casa

    0 Compartidos
    Share 0 X 0
  • Alcalde Brian DePeña es dejado en libertad en Boston, tras comparecer ante corte federal

    0 Compartidos
    Share 0 X 0
  • Aspirante declina a participar en la Consulta del PLD

    0 Compartidos
    Share 0 X 0
  • Cartelera por día y precios del Festival Presidente 2026

    0 Compartidos
    Share 0 X 0

LSH, Estrategas Jurídicos y de Comunicación, S.R.L.

  • Teléfono: (829) 893-6722
  • Correo: info@contactosocial.com.do

Recientes

Fedotri anuncia celebración Campeonato Nacional de Duatlón

Fedotri anuncia celebración Campeonato Nacional de Duatlón

14 de agosto de 2026
Santiago repite como campeón en V torneo Interasociaciones Región Norte

Santiago repite como campeón en V torneo Interasociaciones Región Norte

14 de agosto de 2026

No te pierdas

REALIZAN ACTO DE DESIGNACIÓN Y ROTULACIÓN DE CALLES EN LA VEGA

REALIZAN ACTO DE DESIGNACIÓN Y ROTULACIÓN DE CALLES EN LA VEGA

15 de mayo de 2026
Una reflexión: Resulta desalentador ver cuánta gente se escandaliza ante la honestidad y tan poca ante el engaño

Una reflexión: Quien desprecia a los demás, se hace digno de su propio desprecio

11 de mayo de 2026

© 2026 Contactosocial. Todos los derechos reservados | Desarrollado por Jpwebs.do.

No Result
View All Result
  • PORTADA
  • Nacionales
  • Internacionales
  • Deportes
  • Economía
  • Sociales
  • Política
  • Salud
  • Provincias
  • Variedades
  • Opinión