La Redacción
Santo Domingo
La publicación de un video por parte de la rapera estadounidense de origen dominicano Cardi B, en el cual aparece vistiendo un traje de baño con los colores de la Bandera Nacional y el Escudo Nacional, ha generado cuestionamientos legales en el marco de la legislación dominicana.
El ordenamiento jurídico de la República Dominicana regula de manera restrictiva el uso de los símbolos patrios a través de la Ley Núm. 210-19.
Dicha normativa establece las directrices sobre el manejo institucional, civil y comercial de los emblemas nacionales, así como las sanciones aplicables ante su quebrantamiento.
El artículo 24 de la Ley 210-19 prohíbe explícitamente utilizar los colores patrios como vestimentas que simulen la Bandera Nacional o emplearlos en contravención a la dignidad institucional de los símbolos.
Las consecuencias penales por este tipo de infracciones se encuentran contempladas en el artículo 38 de la referida ley.
Asimismo, la legislación diferencia estas faltas de los casos de ultraje grave contemplados en el artículo 39, los cuales incrementan la sanción privativa de libertad de uno a tres meses cuando se incurre en destrucción, quema o desprecio físico de los símbolos nacionales.







